|
Responsabilidad profesional |
No se obliga a responder al letrado apoderado su obligación es de medios no asegura el resultado Así si el juicio perdió y trabajó a conciencia libre está de todo cargo ya que actuó con diligencia Más si el daño lo causó su omisión al proceder la negligencia es culpable así debe responder Si en el caso no apeló el poder se lo exigía segura es la condena a pagar lo que debía -Ningo
|